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mayo  15, 2024

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Resumen de la Doctrina Volver >

La atención telefónica a los usuarios debe ser brindada por call centers nacionales, y por personas debidamente preparadas, para que la información brindada a los usuarios resulte ajustada a derecho

Por Flavio Lowenrosen


“… consideramos que resulta esencial para proteger el derecho a la información de los usuarios, que éstos sean informados tanto personal como telefónicamente por personal debidamente capacitado y que conozca las condiciones normativas que regirán la relación de consumo, como también las sociales en las que se va a ejecutar el contrato.”

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Términos mencionados en esta doctrina: usuarios, información, personal, relación, debidamente, proveedor, brindada.

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